Restricciones del Gobierno español a la biomasa

Comunicado del Cluster de la Bioenergía de Cataluña en relación a las restricciones comunicadas por el Gobierno español durante el estado de alarma

 

El Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, en el artículo 17, establece que hay que dar garantía de suministro de energía y combustibles durante el estado de alarma, si bien solamente expone específicamente el suministro de energía eléctrica, los productos derivados el petróleo y el gas natural, sin especificar el uso de la biomasa como combustible y energía estratégica para España.

En relación al transporte de combustibles de biomasa (astilla forestal, pellet, leña y agrocombustibles), el Real Decreto TMA / 229/220, de 15 de marzo, expone que se establecerán las condiciones necesarias para facilitar el transporte y la distribución, con el objeto de garantizar el suministro.

Asimismo, también en el reciente Real Decreto 10/2020 que expone las actividades esenciales, no cita tampoco la energía de la biomasa.

Desde el Cluster de la Bioenergía de Cataluña queremos comunicar que la biomasa es un servicio energético básico y como tal, debe ser considerado por las diversas administraciones públicas a todos los efectos.

 

Junta Directiva de Cluster de la Bioenergía de Cataluña

31 de marzo de 2020